En los tiempos que hoy vivimos es muy habitual que decenas de currículum sean recibidos semanalmente en las empresas independientemente de que haya o no abiertos procesos de selección de personal en la entidad. Por desgracia muchas veces estas entidades, o el personal encargado de su recepción, no cumple con las obligaciones que la LOPD dicta con respecto a este asunto.
Debemos recordar que la recogida de curriculum supone un almacenamiento de datos de carácter personal, muchas veces incluso llegando a ser necesario aplicarle niveles de seguridad medio, por la información personal que en ocasiones contienen. No es muy difícil obtener de algunos de ellos una evaluación de la personalidad del individuo y de su estilo de vida, por esto en un informe de 2005 de la AEPD se recomendaba, en tales casos aplicar esos niveles de seguridad medio.
El principio de calidad de los datos exige que los datos estén actualizados en todo momento, y obliga a cancelarlos cuando hayan dejado de ser necesarios para la finalidad para la que hubiesen sido recogidos, en este sentido suele ser práctica habitual para cumplir con esta obligación destruir los curriculum pasados 6 meses desde su recepción.
Asimismo debemos indicar que se debe cumplir con el deber de información del art. 5 LOPD, ya que forma parte del contenido esencial del derecho a la protección de datos. Este carácter esencial lo posee tanto en el caso de la recogida de los datos personales para un tratamiento que requiera consentimiento como en el supuesto de que no lo requiera.
A su vez, debemos de recoger el consentimiento del art. 6 LOPD para el tratamiento de los datos de carácter personal si queremos conservarlo para algún proceso de selección futuro.
No debe olvidarse que el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de protección de datos indica que el deber de información deberá llevarse a cabo a través de un medio que permita acreditar su cumplimiento, debiendo conservarse mientras persista el tratamiento de los datos del afectado.
Por todo ello, la forma de proceder en a la hora de recepcionar un currículum, es contestar al interesado, por ejemplo con la siguiente respuesta:
Acusamos recibo de su escrito con fecha _________, en el que nos remite su currículum vitae informándole de que se va a proceder a incluir sus datos en el fichero CURRICULUM y/o RECURSOS HUMANOS propiedad de la entidad ____________________________________, con la finalidad de participar en los procesos de selección de personal realizados por la entidad.
La remisión del currículum es voluntaria por lo que se entiende que usted consiente expresamente el tratamiento de sus datos por parte de nuestra entidad. Si ha enviado el currículum de otra persona entendemos que lo ha hecho a petición del titular de los datos, el cual acepta el tratamiento de los mismos.
En cumplimiento con el principio de calidad de los datos, le rogamos que, en caso de producirse alguna modificación de los mismos, nos lo comunique debidamente. Sus datos serán cancelados, transcurridos 6 meses desde la recepción, procediendo a la destrucción de los mismos.
Le informamos que podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la entidad, remitiendo solicitud por escrito a la dirección ______________________________.
Esperamos que esta información os haya sido útil, no obstante si tenéis alguna pregunta relacionada con el tema o con la protección de datos en general no dudéis en consultarnos.
José Luis Fernández Peña
Auditor / Consultor en GrupoIWI Protección de Datos