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Nueva Ley Orgánica de Protección de Datos para adaptarse al Reglamento Europeo

El Consejo de Ministros a propuesta de Rafael Catalá, actual ministro de Justicia, impulsa un anteproyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos para mejorar la regulación de este derecho en los datos de carácter personal y adaptar la legislación española a las disposiciones contenidas en el Reglamento Europeo UE 2016/679 del Parlamento Europeo cuya entrada en vigor está prevista para el próximo 25 de mayo de 2018.

Condiciones comunes del Reglamento Europeo a todos los estados miembros

Derecho al olvido en el reglamento europeo

Tratamiento de los datos de personas fallecidas por parte de sus herederos teniendo en cuenta instrucciones aportadas por las mismas.

Consentimiento explícito en el reglamento europeo

Se excluye el consentimiento tácito, debiendo ser expreso y afirmativo y se establece la presunción de exactitud y actualización de los datos obtenidos directamente del interesado.

Edad para el consentimiento en el reglamento europeo

Se reduce desde los 14 a los 13 años tal y como permite el Reglamento europeo, para adaptar el sistema español al de otros países de su entorno.

Tratamiento de los datos en el reglamento europeo

Se adopta el principio de transparencia, se regulan los sistemas de información crediticia, la video-vigilancia, los sistemas de exclusión publicitaria (listas Robinson), la función estadística pública y las denuncias internas en el sector privado.

Derechos ARCO en el reglamento europeo

Se incide también en los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición

Obligación de BLOQUEO en el reglamento europeo

Se introduce la obligación de bloqueo que garantiza que esos datos queden a disposición de un tribunal, el Ministerio Fiscal u otras autoridades competentes (como la Agencia Española de Protección de Datos) para la exigencia de posibles responsabilidades derivadas de su tratamiento, evitando así que se puedan borrar para encubrir el incumplimiento.

EL REGLAMENTO EUROPEO EN EL CASO DE ESPAÑA (Adaptación de la legislación española)

Sustitución de la actual LOPD

La adaptación de la legislación al RGPD hace necesaria la elaboración de una nueva Ley Orgánica en sustitución de la actual, cuyas normas y desarrollo deberán ser revisados y adaptados para evitar contradicciones.

Sin noticias de la AEPD

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) deberá desarrollar cuestiones concretas que el reglamento comunitario remite a las autoridades nacionales de control.

Cambios para las empresas

Las empresas deberán revisar sus tratamientos de datos personales para adaptarlos a esas exigencias.

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