Hemos hablado en muchas ocasiones de que las empresas necesitan nuestro consentimiento para la utilización de nuestros datos personales y de la importancia de la letra pequeña. Vamos a ver qué información deben suministrarnos para que demos nuestro consentimiento informado.
La LOPD obliga a quienes pretendan recoger nuestros datos a informarnos previamente de modo expreso, preciso e inequívoco (art. 5 LOPD):
- De la existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, del fin para el cual se recogen los datos y a quién van destinados.
- De si es obligatorio o no contestar a las preguntas que se nos plantean.
- De las consecuencias de dar o no dar los datos pedidos.
- De la posibilidad de ejercitar los Derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición).
- De la identidad del responsable del tratamiento de los datos solicitados.
Estos puntos deberán aparecer en los formularios que se utilicen para la recogida de los datos, bien sea mediante cuestionario en papel, grabación telefónica, páginas web, etc.
Como ya hemos mencionado en anteriores publicaciones, cuando la información vaya dirigida a menores deberá expresarse en un lenguaje fácilmente comprensible para ellos.
Donde más problemas nos podemos encontrar es con el uso que se va a dar a nuestros datos y los sujetos a los que van destinados, al usarse expresiones como “fines publicitarios de otros productos de esta empresa” o “los datos se cederán a las empresas del grupo”. En este sentido, la AEPD exige que se trate de finalidades determinadas y explícitas y que se especifique claramente el destinatario de los datos facilitados.
Por ello te recomendamos que, si te encuentras ante algún formulario y tienes dudas sobre dónde irán a parar los datos que estás facilitando o cómo serán utilizados, quizás no debas cumplimentarlo o, al menos, es el momento de sopesar que pérdida de privacidad puedes tener al cederlos.
Y tu: ¿Revisas estos términos cuando cedes tus datos personales?