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Aprobado el Proyecto de nueva Ley Orgánica de Protección de Datos

El pasado viernes fue aprobado por el Consejo de Ministros, el Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos necesario para adaptar la legislación española al nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD).

La futura Ley Orgánica de Protección de Datos, sustituirá a la actual LOPD e introduce algunas novedades en cuanto a la regulación existente actualmente en nuestro país, por lo que vamos a pasar a repasar brevemente las que más nos pueden interesar como afectados.

Novedades en el consentimiento

 

  • Se adelanta a 13 años la edad para poder consentir el tratamiento de datos personales.
  • Datos de personas fallecidas: se permite que los herederos puedan solicitar el acceso a los mismos, así como su rectificación o supresión.
  • El deber de confidencialidad se recoge de forma expresa como un principio general de protección de datos.
  • El consentimiento debe otorgarse mediante una declaración o acción afirmativa, lo cual excluye el consentimiento tácito permitido por la actual legislación.

 

Cuestiones relacionadas con el tratamiento de datos

 

  • La transparencia en la información a los afectados sobre el tratamiento de sus datos, se incorpora al catálogo de derechos de las personas.
  • A los derechos ARCO ya existentes, se suman los derechos a la limitación del tratamiento y a la portabilidad de los datos.
  • Para el almacenamiento de datos especialmente protegidos (ideología, afiliación sindical, religión, orientación sexual, origen racial o étnico y creencias) no bastará con el consentimiento del afectado con el objeto de evitar situaciones discriminatorias.
  • Se introduce la obligación de bloqueo por la cual los datos no podrán ser borrados para encubrir un posible incumplimiento, quedando a disposición de tribunales, Ministerio Fiscal u otras Administraciones Públicas competentes, en particular las autoridades de protección de datos, ante la exigencia de posibles responsabilidades derivadas del tratamiento de dichos datos.
  • Aparecen en la nueva normativa los llamados sistemas de exclusión publicitaria, cuya finalidad es evitar el envío de comunicaciones comerciales a los afectados que manifiesten su negativa u oposición a recibirlas.

 

Estas son solamente algunas de las novedades y mejoras introducidas por la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos, necesaria en nuestro ordenamiento al ser la protección de datos un derecho fundamental protegido por nuestra Constitución, con el objetivo de clarificar y complementar las disposiciones contenidas en el RGPD. Además, y tal y como indica la nota emitida por el Ministerio de Justicia, la Agencia Española de Protección de Datos deberá desarrollar aquellas cuestiones concretas que el RGPD remite a las autoridad nacionales de control.

 

 

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